¡Ya no habrá reinstalación en Culiacán de Estrada Ferreiro!

Sinaloa, México, 26 de septiembre del 2023.- La audiencia programada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para el exalcalde Jesús Estrada Ferreiro, por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón ya no plantea la inmediata reinstalación en la Presidencia Municipal de Culiacán.

Señaló el nuevo proyecto que los estrados bajo el expediente REC-227/2023, sobre la Incorporación al cargo en la presidencia municipal, solamente plantea: “ÚNICO. Se revoca la sentencia de la Sala Guadalajara para los efectos precisados en la presente ejecutoria”.

Dicho proyecto será discutido y votado en la sesión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de este 27 de septiembre, y pide que se notifique “como en Derecho corresponda.

Cabe recordar que el original, planteaba la revocación de la resolución del Tribunal de Sinaloa, y se ordenaba la reinstalación del recurrente en el cargo de presidente municipal de Culiacán, Sinaloa”, pero eso ya no fue plasmado en el proyecto del magistrado.

“Debe revocar la sentencia de la Sala Regional Guadalajara, ya que no fue exhaustiva ni realizó una debida fundamentación y motivación, esencialmente, respecto de los planteamientos relativos a la constitucionalidad de los artículos 136 de la Constitución de Sinaloa y 41 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que establecen que ante una declaratoria de procedencia, los servidores públicos serán inmediatamente separados de su encargo hasta en tanto no se emita una resolución absolutoria de los delitos que se les imputan”, mencionó el documento.

Y continúa: “Por lo tanto, la Sala Regional deberá analizar de manera fundada y motivada dichos planteamientos, y determinar si fue correcto que el Tribunal Electoral de Sinaloa confirmara la decisión del Cabildo de negarle al promovente su reincorporación al cargo de presidente municipal de Culiacán, o si por el contrario, dicha decisión restringe injustificadamente sus derechos político- electorales en su vertiente de acceso y desempeño del cargo”.