Suprema Corte valida cobro a quienes contaminan ríos con aguas residuales

Ciudad de México, 18 de enero de 2026.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitió un fallo de gran relevancia en materia ambiental al validar el cobro de derechos a quienes contaminan ríos y cuerpos de agua nacionales mediante descargas de aguas residuales, reforzando el principio jurídico de que quien contamina debe pagar.

El criterio fue establecido al resolverse el Amparo en Revisión 233/2025, durante la sesión del Pleno del pasado 15 de enero de 2026, en el que el Máximo Tribunal analizó la constitucionalidad de las disposiciones de la Ley Federal de Derechos relacionadas con el cobro por el uso, aprovechamiento y descarga de aguas residuales en ríos.

La Corte determinó que el esquema de cobro es válido incluso en aquellos casos en los que no exista medición directa del volumen de descarga, siempre que la autoridad fiscal utilice criterios objetivos, como promedios históricos o parámetros técnicos razonables, para calcular el monto correspondiente.

En su resolución, las y los ministros señalaron que estas medidas no vulneran derechos fundamentales de los contribuyentes, ya que persiguen un fin constitucionalmente legítimo, como la protección del medio ambiente y el uso sustentable del agua, un recurso estratégico para el país.

El fallo tiene impacto principalmente en empresas e industrias que realizan descargas de aguas residuales con fines productivos, y busca evitar que la falta de medidores o fallas técnicas sean utilizadas como argumento para evadir responsabilidades ambientales.

Especialistas consideran que esta decisión fortalece la política ambiental del Estado mexicano, al dotar de mayor certeza jurídica a las autoridades encargadas de regular y sancionar la contaminación de ríos, además de incentivar mejores prácticas en el manejo y tratamiento de aguas residuales.

Con esta resolución, la SCJN sienta un precedente relevante en la defensa del derecho humano a un medio ambiente sano y en la responsabilidad de los particulares y empresas frente al daño ambiental que generan.